Al informarte sobre autoconsumo solar es habitual encontrarte con dos términos que suenan parecidos pero que significan cosas completamente distintas: la potencia instalada de tu sistema fotovoltaico y la potencia contratada con tu comercializadora eléctrica. Confundirlos puede llevarte a errores importantes, tanto a la hora de dimensionar tu instalación como de entender tu factura de la luz.
En este artículo aclaramos la diferencia entre ambos conceptos y por qué es importante que estén bien coordinados en tu instalación de autoconsumo.
Qué es la potencia contratada
La potencia contratada es la cantidad máxima de electricidad (medida en kW) que tienes contratada con tu comercializadora para tu vivienda, y que determina, entre otras cosas, cuántos aparatos puedes tener funcionando a la vez sin que salte el interruptor de control de potencia (ICP).
Aparece reflejada en tu factura de la luz, normalmente en la parte del término de potencia, y puede tener incluso dos tramos si tienes tarifa con discriminación horaria (uno para horas punta/llano y otro para horas valle).
Ejemplo: una vivienda familiar estándar suele tener contratados entre 3,45 kW y 5,75 kW de potencia, según el número de electrodomésticos simultáneos que necesite usar.
Qué es la potencia instalada
La potencia instalada (también llamada potencia pico o potencia nominal de la instalación fotovoltaica) es la suma de la potencia máxima que pueden generar todos tus paneles solares en condiciones óptimas de irradiación, medida en kWp (kilovatios pico).
Por ejemplo, una instalación de 8 paneles de 450 Wp cada uno tiene una potencia instalada de 3,6 kWp (8 × 450 W = 3.600 W = 3,6 kW).
Este dato es puramente técnico y depende exclusivamente de tu sistema fotovoltaico, no de tu contrato eléctrico con la comercializadora.
La diferencia clave, explicada de forma sencilla
| Potencia contratada | Potencia instalada (fotovoltaica) | |
|---|---|---|
| Qué mide | Cuánta electricidad puedes consumir de golpe de la red | Cuánta electricidad pueden generar tus paneles en su punto máximo |
| Con quién se relaciona | Tu contrato con la comercializadora eléctrica | Tu instalación de autoconsumo (paneles + inversor) |
| Unidad habitual | kW | kWp |
| Dónde se ve reflejada | Factura de la luz (término de potencia) | Memoria técnica o proyecto de tu instalación solar |
| Puede cambiarse | Sí, solicitando cambio de potencia a la comercializadora | Sí, ampliando o reduciendo el número de paneles |
En resumen: la potencia contratada regula cuánto puedes consumir de la red en un momento dado, mientras que la potencia instalada determina cuánto puede generar tu instalación solar en su mejor momento. Son magnitudes independientes, aunque relacionadas a la hora de dimensionar correctamente tu proyecto.
Por qué es importante no confundirlas
1. Para dimensionar bien tu instalación
Si tu potencia instalada es muy superior a tu potencia contratada, puede haber momentos en los que tu instalación esté generando más electricidad de la que tu propia instalación eléctrica interior está preparada para gestionar simultáneamente junto con la red, aunque en la práctica el inversor gestiona esta situación de forma segura, limitando la inyección si fuera necesario.
2. Para saber si necesitas cambiar tu potencia contratada
Instalar autoconsumo solar no obliga, por norma general, a modificar tu potencia contratada con la comercializadora. Sin embargo, si además de instalar placas solares planeas incorporar un coche eléctrico, aerotermia u otros equipos de alto consumo, sí es recomendable revisar si tu potencia contratada actual sigue siendo suficiente para tus nuevas necesidades, independientemente del autoconsumo.
3. Para entender los límites normativos de determinadas ayudas o trámites
Algunas ayudas, subvenciones o trámites simplificados (como la memoria técnica frente al proyecto firmado por ingeniero) establecen límites en función de la potencia instalada de la instalación fotovoltaica, no de tu potencia contratada, por lo que es importante saber a qué magnitud se refiere cada normativa concreta que consultes.
¿La potencia instalada puede ser mayor que la potencia contratada?
Sí, es una situación habitual y, en principio, no representa un problema: tu instalación fotovoltaica puede tener, por ejemplo, 4 kWp de potencia instalada, mientras que tu potencia contratada con la comercializadora es de 4,6 kW. En la práctica normal de funcionamiento, esto no genera ningún inconveniente, ya que ambos sistemas trabajan de forma coordinada y segura a través del inversor.
Donde sí conviene prestar atención es en instalaciones de potencia instalada muy elevada respecto a la contratada, en cuyo caso el instalador y, en algunos casos, la distribuidora, revisarán que la configuración sea segura y esté correctamente autorizada.
Preguntas frecuentes
¿Necesito aumentar mi potencia contratada si instalo placas solares? No, en la mayoría de los casos no es necesario, ya que el autoconsumo reduce tu consumo de la red, no lo aumenta. Solo sería recomendable revisar tu potencia contratada si, además de instalar placas, incorporas nuevos equipos de alto consumo (coche eléctrico, aerotermia).
¿Puedo bajar mi potencia contratada después de instalar autoconsumo? Es posible plantearlo, aunque conviene analizarlo con cuidado: la potencia contratada debe seguir siendo suficiente para tus momentos de mayor consumo simultáneo, especialmente durante la noche o en días de baja producción solar, cuando dependes completamente de la red.
¿Dónde veo la potencia instalada de mi sistema una vez instalado? Debe figurar en la memoria técnica o proyecto de tu instalación, así como en la documentación de registro ante la administración autonómica correspondiente.
Conclusión
La potencia contratada y la potencia instalada son dos conceptos independientes que conviene tener claros antes y después de instalar tu sistema de autoconsumo: una regula lo que puedes consumir de la red, y la otra, lo que tu propia instalación es capaz de generar. Entender esta diferencia te ayuda a interpretar correctamente tu factura, tu memoria técnica y las condiciones de cualquier ayuda o trámite relacionado con tu proyecto.
Si quieres seguir profundizando en los aspectos técnicos de tu instalación, te recomendamos continuar con [Diferencia entre memoria técnica y proyecto técnico en instalaciones solares], donde vemos qué documentación necesitas según la potencia de tu sistema.